La solución completa para el nuevo registro de reservas y registro de viajeros
Adapta tu alojamiento a la nueva normativa
Automatiza el registro de viajeros
¡ Cumple con la normativa
del RD 933/2021 !
Tu recepción digital
Lleva la recepción de tu alojamiento en tu bolsillo. Administra tus reservas y tus registros de viajeros con tu tablet o móvil, sin necesidad de descargar app.
Registro de reservas
Registro manual de reservas
o importación vía ical de calendarios externos.
Envío de reservas
a Ses.hospedajes.
Check in Presencial
Registro presencial de clientes
en tu dispositivo (tablet o móvil)
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Solicitud de check in online a clientes por correo electrónico.
Registro en grupo o individual via Whatsapp
Registro en la nube
Somos amigos de la naturaleza,
adiós al papel en el registro
de tus viajeros. Todos tus datos
guardados en la nube
Evita sanciones
¡ Cumple con la normativa
del RD 933/2021 !
Sanciones graves de 601 euros
a 30.000 euros (carencia u omisión de registro)
Hay dos novedades principales que afectan a los alojamientos. La principal es que a partir del 2 de diciembre de 2024 todos los alojamientos deben registrar y comunicar previamente a Seshospedajes las reservas directas que reciben en el mismo y la otra gran novedad es que junto con los partes de viajeros se obliga al registro y envío de los datos identificativos de la reserva a la que pertenecen.
La normativa establece la obligación del envío de la comunicación y registro de las reservas en un plazo no superior a 24 horas desde la recepción de la misma. También se deben enviar y registrar las cancelaciones en ese mismo plazo.
Los portales de reservas también tienen la obligación de enviar la comunicación de reservas que tiene nuestro alojamiento.
El alojamiento debe identificar en un registro sus reservas directas y sus reservas externas para posteriormente poder realizar correctamente el envío de los partes de viajeros de cada una.
La normativa establece la obligación del envío de la comunicación de los partes de viajeros en un plazo no superior a 24 horas desde el inicio de la prestación del servicio, es decir, desde el momento de entrada de nuestros clientes al alojamiento.
Junto con el parte de viajeros se tiene que enviar nuestro número de identificación de la reserva, sea directa o no, fecha de recepción de la misma, fechas de entrada y salida, número de personas y medio de pago.
La normativa establece la obligación de registro informático de reservas y partes de viajeros y conservación de la información para aquellos que ejerzan la actividad de hospedaje de manera profesional. El plazo establecido de conservación es de tres años desde la fecha de prestación del servicio.
Para aquellos que no ejerzan la actividad de hospedaje de forma no profesional no existe obligación de registro y conservación, pero si la de comunicación de reservas y partes de viajeros.
La normativa establece que se considera infracción grave la carencia de registros documentales y la omisión de las comunicaciones obligatorias.
La Ley Orgánica 4/2015 establece las siguientes sanciones:
Para las infracciones graves, el grado mínimo comprenderá la multa de 601 a 10.400; el grado medio, de 10.401 a 20.200 euros, y el grado máximo, de 20.201 a 30.000 euros
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